Si eres una de esas personas que se ha despedido de estos pequeños envases, aún es pronto para cantar victoria
¿Te has despedido ya de las monodosis al saber que ya ha empezado a aplicarse el nuevo Reglamento europeo sobre envases y residuos de envases que pretende acabar con ellas? Pues aún es pronto para cantar victoria y aún nos quedan unos cuantos años para verlas desaparecer y ni siquiera se irán del todo.
Según la Comisión Europea, en 2023 cada europeo generó 178 kg de residuos de envases, la mitad del total de los plásticos generados. Según el organismo europeo, si no se tomaran medidas, los residuos totales de envases podrían aumentar un 19 % de aquí a 2030 en comparación con los niveles de 2018, mientras que los residuos plásticos podrían aumentar hasta un 46 %.
El nuevo Reglamento que entró en vigor el 11 de febrero de 2025, y cuyas disposiciones empezaron a aplicarse el pasado 12 de agosto, busca reducir ese problema medioambiental a la vez que pretende armonizar las normas para las empresas que operan en el mercado único. El Reglamento introduce medidas como la reciclabilidad obligatoria de aquí a 2030, un contenido mínimo de material reciclado en los envases de plástico y medidas de reducción contra el uso excesivo de envases.
Sin embargo, el reglamento es complejo y nos habéis hecho llegar varias dudas que intentamos resolver en este artículo.
¿Cuáles son los principales objetivos del reglamento de envases?
El nuevo reglamento de envases, que sustituye a la directiva de Directiva Europea sobre envases de 1994, pretende reducir de manera significativa el problema de la gestión de residuos que ha ido en aumento en las últimas décadas.
Su principales objetivos son los siguientes:
- El reglamento fija como objetivo reducir los residuos de envases por habitante un 5% en 2030, un 10% en 2035 y un 15% en 2040 respecto a los niveles de 2018.
- Todos los envases tendrán que ser reciclables. Todos los envases del mercado de la UE sean reciclables de forma económicamente viable para 2030 y desde 2035 se exigirá que sean reciclables a escala.
- Se implantará un sistema armonizado de etiquetado en toda la UE que indicará la composición material del envase y facilitará saber en qué contenedor debe depositarse.
- Menos envases y envases más pequeños. Los fabricantes tendrán que reducir al mínimo el peso y volumen del envase, así como el aire dentro de los envases colectivos, de transporte y de comercio electrónico, que no podrá superar el 50%.
- Aumentar el uso de plásticos reciclados en los envases del transporte, el comercio electrónico y de las bebidas.
- Prohibir ciertos los envases que se consideran más problemáticos, especialmente los de un solo uso
Hay un elemento importante que hay que destacar: su aplicación es directa, puesto que es un reglamento, y a diferencia de las directivas de la Unión Europea, en este caso no necesita una ley de transposición para ser efectiva. Esto quiere decir, que no hay margen de interpretación por cada gobierno, y que nadie está exento de cumplirlo por no haberse dado el correspondiente desarrollo legislativo nacional, algo que ocurre con muchas normativas que se transponen tarde y mal. Por ejemplo, recientemente la UE instó a España a transponer la Directiva sobre el régimen de comercio de derechos de emisión de la UE, entre otras, y a transponer de forma adecuada la Directiva SEVESO III para evitar accidentes en industrias peligrosas como la química.
¿Desaparecerán las monodosis en Europa?
Las monodosis no van a desaparecer de momento. De hecho, la aplicación del reglamento será escalonada de aquí a 2040 y se irán implementando nuevas exigencias durante ese periodo de tiempo.
Así desde el 12 de febrero de 2027, los establecimientos deberán permitir que los clientes utilicen sus propios recipientes sin pagar suplementos y en un año después tendrán que ofrecer alternativas reutilizables para la comida y bebida para llevar. Además, desde el 12 de agosto de ese año, los nuevos envases deberán llevar una etiqueta europea armonizada que informe de los materiales que contienen y facilite su correcta separación.
Las monodosis no empezarán a desaparecer hasta 2030. A partir de entonces se prohibirán determinados envases de plástico de un solo uso para consumir dentro de bares, restaurantes, cafeterías y hoteles, como los sobres individuales de salsas y condimentos. También desaparecerán de las habitaciones de hotel los pequeños envases de champú, gel y otros productos de higiene, los conocidos como amenities.
Pero no será el fin de todas las monodosis, puesto que seguirán pudiendo utilizarse en algunos casos como en los servicios de reparto a domicilio. También podrán utilizarse en hospitales, clínicas, residencias y otros centros asistenciales cuando su su uso esté justificado. Asimismo, los consumidores podrán seguir comprando monodosis en supermercados y comercios siempre que cumplan los requisitos de reciclabilidad y sostenibilidad establecidos por la normativa.
En 2030, también entrarán en vigor los límites al espacio vacío de los envases colectivos, de transporte y de comercio electrónico, con un máximo del 50% , los objetivos obligatorios de reutilización, el contenido mínimo de plástico reciclado y la reciclabilidad de todos los envases.
Entonces, ¿qué ha entrado en vigor ahora?
Desde este 12 de agosto empiezan a aplicarse, sobre todo, las cuestiones administrativas del reglamento, como los registros obligatorios de las empresas, para que el que tienen un plazo de 18 meses.
Una de las novedades más importantes de cara a las personas consumidoras que ya es obligatoria es la restricción del uso de sustancias PFAS (perfluoroalquiladas y polifluoroalquiladas) en los envases que están en contacto con alimentos y bebidas cuando tengan concentraciones iguales o superiores a 25 partes por billón (ppb) para cualquier PFAS individual medido con análisis específicos, 250 ppb para la suma de PFAS, o 50 partes por millón para PFAS totales, incluidos los PFAS poliméricos. Estas sustancias son comunes en los envases ya que repelen el agua y la grasa, entre otros.
¿Cómo afectará al resto de envases?
La norma afecta a todos los envases en general, con el objetivos de reducir los envases innecesarios o excesivos, tanto en las tiendas como en el comercio electrónico. En concreto, como ya hemos comentado, la normativa impone límites de un 50% de espacio vacío en los envases colectivos, de transporte y de comercio electrónico, mientras que en el resto deberán reducirse al mínimo.
El reglamento también obliga a la reciclabilidad de envases y los clasifica en tres niveles: A (igual o superior al 95 %), B (igual o superior al 80 %) y C (igual o superior al 70 %). Las tasas por utilizar estos envases se basarán estas calificaciones – a mayor reciclabilidad, menos tendrán que pagar -, aunque a partir de 2038 no podrán comercializarse los envases del tipo C.
Además, incluye también restricciones para los envases de un solo uso para frutas y hortalizas frescas preenvasadas en cantidades inferiores a 1,5 kg. Se podrán establecer excepciones a esta restricción si existe una necesidad demostrada de evitar la pérdida de agua o de turgencia, los peligros microbianos, los golpes físicos o la oxidación, o si no existe otra posibilidad para evitar la mezcla de frutas y hortalizas ecológicas con frutas y hortalizas no ecológicas.
¿Es lo mismo que el sistema de depósito, devolución y retorno (SDDR)?
Sí y no. El reglamento obliga a la implantación de un sistema de depósito, devolución y retorno (SDDR) para botellas, latas y otros envases de bebidas de un solo uso de hasta 3 litros antes del 1 de enero de 2029. Los estados miembro podían no implementarlo siempre que la tasa de recogida separada fuera igual o superior al 80% en peso de ese tipo de envases comercializados en el Estado miembro en 2026, un objetivo que no se alcanza en España, cuya tasa es del 41,3%.
Sin embargo, España ya contaba con una normativa previa, el Real Decreto 1055/2022, de envases y residuos de envases, que preveía la implantación de este sistema si no se llegaba a un 70% de recogida en el año 2023. La fecha tope para la implantación es el próximo 22 de noviembre, aunque pocos confían en que lo veamos a tiempo. Es aquí donde se prevé el recargo de 10 céntimos en los envases, que será devuelto una vez que éste sea retornado.
¿Servirá esto para reducir los residuos plásticos?
La eficacia de este reglamento, y del sistema de reciclaje y gestión de residuos en general, es algo que analizamos en profundidad en nuestro último Anuario de Consumo Crítico. También hablamos de los impactos sobre la salud de los PFAS. Si quieres conseguir una copia, estará durante el mes de agosto a precio especial (comprar aquí). También puedes conseguir una copia digital.


